Se aplicará el tipo del 5 por ciento del IVA:
Los aceites de oliva y de semillas.
Las pastas alimenticias.
Se aplicará el tipo del 0 por ciento del IVA:
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- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales
Tipo reducido del 4%
Pasan a tributar al tipo impositivo reducido del 4% (en lugar del 10%) los tampones, compresas y protegeslips, así como los preservativos y otros anticonceptivos no medicinales.