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Se ha publicado en el BOE con fecha 30 de marzo de 2022, a través del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, siendo las principales novedades económicas las siguientes:

 

Ayudas a familias y trabajadores:

  • Bonificación precio productos energéticos: Se promueve una rebaja de 0,20 euros por litro de combustible repostado, entre ellos, gasóleo, gasolina, gas y adblue. Serán beneficiarios de esta bonificación las personas y entidades que adquieran los productos a que se refiere el apartado 3, siempre que los adquieran, entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2022, ambos incluidos.
  • Despido objetivo: En aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto-ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación conlleva el reintegro de la ayuda recibida. Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

 

Limitación de alquileres:

  • Se establece una limitación extraordinaria de la actualización anual del alquiler de la vivienda habitual, impidiendo subidas superiores al 2%. Dicha limitación, vigente hasta el próximo 30 de junio, atiende a la necesidad de que la evolución del IPC por la guerra no se traslade al precio del alquiler. El inquilino tendrá la posibilidad de negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta. En ausencia de pacto, la renta no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), situado actualmente en el 2%.

 

Incremento Ingreso Mínimo Vital

  • Los beneficiarios del ingreso mínimo vital tendrán un incremento del 15% en las mensualidades de abril, mayo y junio de 2022.

 

Bono eléctrico

  • De acuerdo con la norma, se prorrogan hasta el 30 de junio de 2022 los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica.
  • Con el fin de rebajar los precios energéticos y reforzar la protección de los consumidores, se mantienen las rebajas fiscales en el recibo de la luz hasta el 30 de junio: reducción del IVA al 10%, del Impuesto de la Electricidad al 0,5% y suspensión del impuesto del 7% a la generación eléctrica. Se prorroga también el límite al crecimiento de la tarifa de gas (TUR) para hogares y pymes en las próximas revisiones.

 

Nueva línea de 10.000 millones en avales ICO

  • Aprobación de una nueva línea de avales. Tal como indica la norma, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder avales por un importe máximo de 10.000 millones de euros, hasta el 31 de diciembre de 2022 por la financiación concedida por entidades de crédito, entre otras entidades.

 

Ayudas para el sector agrario y pesquero

  • Podrán beneficiarse de estas ayudas excepcionales quienes sean titulares de explotaciones agrarias de los sectores que se determinen mediante un real decreto, que establecerá asimismo las condiciones de elegibilidad e importes unitarios correspondientes. Las solicitudes se presentarán ante los órganos competentes de las comunidades autónomas en los plazos que en dicho real decreto se establezcan.

 

Ayudas al sector pesquero

Con el objeto de cubrir los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción de cada buque que hayan sido asumidos por los armadores de los buques durante el periodo comprendido entre el 24 de febrero de 2022 y el 30 de junio de 2022, se concederá una ayuda, en régimen de concesión directa. •   Ayudas al sector de la acuicultura (artículo 35). Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las empresas acuícolas inscritas en el REGA y las que cumplan los requisitos específicos que establezca la convocatoria. Se entiende por empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera de las fases de explotación, cría, cultivo o reproducción situados en zonas terrestres, marítimo-terrestres o marítimas en territorio español. El procedimiento de solicitud, a grandes rasgos, es el mismo que para el sector pesquero, siendo necesario los certificados del auditor.

 

Ayudas a la industria electrointensiva y gasintensiva

  • Con efectos desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, se aplicará un mecanismo de apoyo a la industria electrointensiva —consumidores que cuenten con el certificado de consumidor electrointensivo a que hace referencia el capítulo II del Real Decreto 1106/2020—, consistente en una reducción en la factura eléctrica del 80 por ciento del coste correspondiente a los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad aplicables en cada momento.

 

Medidas de apoyo a la industria de gas intensiva

Se aprueba una línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022, para paliar el efecto perjudicial del incremento del coste del gas ocasionado por la invasión de Ucrania y las sanciones impuestas a Rusia por su causa. Los beneficiarios de estas ayudas serán las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica o autónomos, que tengan domicilio fiscal en territorio español, que hayan realizado durante 2021 al menos una de las actividades previstas en los siguientes Códigos CNAE y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud (171.Fabricación de pasta papelera, papel y cartón; 206. Fabricación de fibras artificiales y sintéticas; 231.Fabricación de vidrio y productos de vidrio; 232.Fabricación de otros productos cerámicos refractarios; y 233. Fabricación de productos cerámicos para la construcción). El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados, con una cuantía máxima de 400.000 euros.

 

Incentivos a la industria cultural

Se prevé ampliar los plazos para las películas beneficiarias de ayudas en el periodo 2020 a 2022, cuyo rodaje está previsto en Ucrania, Rusia y países limítrofes afectados por la guerra. Los plazos establecidos para iniciar el rodaje y comunicarlo al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o al organismo competente, se amplían en seis meses y en ocho meses en el caso de las películas de animación. También se amplían los plazos para comunicar el final de rodaje y solicitar la calificación y el certificado de nacionalidad.

 

Medidas del sector transporte

Se establece un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2022, para la concesión de apoyo financiero a empresas privadas y trabajadores autónomos cuya actividad se encuadre entre las comprendidas en los siguientes CNAEs (4932. Transporte por taxi; 4939. Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p; 4941. Transporte de mercancías por carretera; 8016. Servicio de transporte sanitario de personas.). Dentro de cada actividad, el importe individual de la ayuda se determinará atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario, de acuerdo con la tabla incluida en el RDL, sin que en ningún caso el importe resultante pueda superar la cantidad de 400.000 euros;

 

Cuotas a la seguridad social para empresas

Las empresas con trabajadores en alta en el Régimen General de la Seguridad Social y los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, que desarrollen su actividad en el sector del transporte urbano y por carretera (CNAE 4931, 4932, 4939, 4941 y 4942), siempre que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar, un aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo tenga lugar entre los meses de abril a julio de 2022, en el caso de empresas, y entre los meses de mayo a agosto de 2022, en el caso de trabajadores autónomos. El tipo de interés será del 0,5 por ciento.

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