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 IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Comunicación del importe neto de la cifra de negocios a efectos del IAE (modelo 848).

Plazo para la comunicación del importe neto de la cifra de negocios (modelo 848): 1 de enero a 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos la comunicación.

 

 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Comunicación alta – baja en el Registro de Devolución Mensual (REDEME).

Alta: Durante el mes de noviembre anterior al año en que deban surtir efectos debe solicitarse la inclusión en el Registro de Devolución Mensual de IVA (REDEME), para que surta efectos a partir del 1 de enero del año siguiente.

Comunicación de opción o revocación de prorrata especial.

Durante el mes de diciembre anterior al año natural en que haya de surtir efecto, el sujeto pasivo que quiera optar por la aplicación de la regla de la prorrata especial deberá comunicarlo a la Administración Tributaria.

 Comunicación de alta o baja en el régimen especial de IVA de grupo de entidades.

Los grupos de entidades que vayan a aplicar el Régimen especial en el IVA o la modalidad de consolidación dentro del Régimen deben comunicarlo a la Administración Tributaria en el mes de diciembre anterior al año en que se apliquen a través del modelo 039.

 Régimen especial del criterio de caja en el IVA.

La opción deberá ejercitarse al tiempo de presentar la declaración de comienzo de actividad, o bien, en la declaración censal durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en que deba surtir efecto.

Permanencia: La opción se entenderá prorrogada salvo renuncia. Esta renuncia tendrá una validez mínima de 3 años.

Solicitud de aplicación de un régimen de deducción común al conjunto de actividades consideradas sectores diferenciados de la actividad empresarial o profesional.

La solicitud de aplicación de un régimen de deducción común para los sectores diferenciados

deberá efectuarse en los siguientes plazos:

– En el mes de noviembre del año anterior a aquél en que surta efectos. En este caso, el porcentaje común se aplica únicamente a las cuotas soportadas a partir del 1 de enero del año siguiente a aquél en que se formuló la solicitud.

– En los supuestos de inicio de actividades, la solicitud puede formularse en cualquier momento, hasta la finalización del mes siguiente a aquél en que se produzca el comienzo de la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a la actividad. En este caso, el porcentaje común se aplica únicamente a las cuotas soportadas a partir de la fecha en que se produzca dicho comienzo.

Comunicación de la condición de revendedor de determinados bienes.

La comunicación de la condición de revendedor de teléfonos móviles y consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales deberá realizarse con carácter general en noviembre.

Opción o renuncia a ingresar las cuotas del impuesto a la importación liquidadas en aduana.

Opción o renuncia por ingresar las cuotas del Impuesto a la importación liquidadas por la Aduana en la declaración correspondiente al período en que se reciba el documento en el que conste la liquidación practicada: con carácter general en noviembre.

SII: Opción o renuncia por la llevanza electrónica de los libros registro.

Como sabemos, el SII es obligatorio para empresarios, profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural: grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04€ en el año anterior), grupos de IVA e inscritos en el REDEME (Registro de Devolución mensual del IVA).

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PESONAS FÍSICAS

 Renuncia o revocación del régimen de estimación directa simplificada y estimación objetiva.

El contribuyente que desee renunciar al Régimen de Estimación directa simplificada o al Régimen de Estimación Objetiva deberá hacerlo expresamente durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural al que deba surtir efecto (para el año 2020 hasta el 31 de diciembre de 2019).

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.

 Renuncia al régimen especial de tributación por el IRNR.

Comunicación de la opción, renuncia y exclusión del Régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes por personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España por desplazarse a territorio español.

Opción: 6 meses desde el inicio de la actividad.

Renuncia: Durante los meses de noviembre y diciembre anteriores al inicio del año natural en que deba surtir efectos.

Exclusión: 1 mes desde el incumplimiento de los requisitos para aplicar el régimen.

Fin de desplazamiento: 1 mes desde que hubiera finalizado el mismo. Modelo: 149.

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

 Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados como paraísos fiscales (Modelo 232, novedad desde 2017)

La presentación del modelo 232 se deberá realizar en el mes siguiente a los 10 meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar (es decir, para las entidades cuyo período impositivo coincide con el año natural, la mayoría de casos, se debe presentar durante el mes de noviembre).

 

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica

Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre: dentro del mes de noviembre del mismo año natural en el que se produzca el cese (Modelo 588).

 

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