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Al matrimonio se le reconocen una serie de obligaciones y derechos, como la capacidad de heredar del otro sin que medie testamento.

 

Beneficios fiscales

 En primer lugar, solo los casados pueden presentar la declaración del IRPF de forma conjunta. Es la principal ventaja fiscal que tiene el matrimonio respecto de la unión de hecho. La tributación conjunta conlleva la aplicación de una reducción de la base imponible del impuesto de 3.400 euros. Si los dos trabajan y ganan sueldos estándares es preferible declarar por separado.

En el caso de que la pareja tribute con unos marginales de 40%, por ejemplo, la rebaja fiscal puede llegar a unos 1.300 euros. También permite compensar las pérdidas y ganancias de forma conjunta, “por lo que puede ser atractiva en determinados supuestos”. Esta opción esté vetada aún a las uniones de hecho puede tener que ver con la menor facilidad de prueba.

En otros impuestos, como el de sucesiones y donaciones, la mayoría de las comunidades autónomas han equiparado los derechos de las uniones civiles y las parejas de hecho inscritas. Para acceder a estos beneficios, añade, en la mayoría de los casos “es necesario demostrar la unión”, ya sea con el certificado de matrimonio o con el del registro oficial de parejas de hecho de la comunidad autónoma en cuestión.

 

Ventajas en el trabajo

 “El más conocido es la denominada licencia por matrimonio”. Esta permite solo al trabajador que se casa disfrutar de 15 días naturales de permiso retribuido desde la fecha del matrimonio “o desde el primer día laborable a su celebración”. Las parejas de hecho podrán disfrutar de este permiso “si viene reconocido expresamente en el convenio”.

Lo mismo ocurre, con el permiso de dos días del que disponen con carácter general, “los trabajadores por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad”.

Si un trabajador solicita un permiso por la hospitalización de su pareja sin estar casado, “no tendrá derecho al mismo”. Actualmente, añade, muchos convenios equiparan a las parejas de hecho a estos efectos, “pero esta asimilación no está contemplada aún a nivel general en nuestra normativa laboral”.

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