-Los contribuyentes que perciban exclusivamente rentas del trabajo de un solo pagador superiores a 22.000 euros anuales.
-Los contribuyentes que perciban exclusivamente rentas del trabajo por dos o más pagadores y un nivel de más de 14.000 euros siempre que a partir del segundo pagador y sucesivos perciba al menos 1.500 euros anuales.
-Los contribuyentes que perciban exclusivamente rentas del trabajo por varios pagadores y todas ellas consistan en prestaciones pasivas.
-Los contribuyentes que perciban rentas del trabajo por más de 14.000 euros cuando reciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos por parte de los cónyuges.
-Los contribuyentes que perciben exclusivamente rentas del trabajo por encima de 14.000 euros cuando su pagador no esté obligado a retener.
-Los contribuyentes que perciben exclusivamente rentas del trabajo por encima de 14.000 euros cuando esos ingresos estén sujetos a un tipo fijo de retención.
-Las personas que han percibido el Ingreso Mínimo Vital a lo largo de 2022.
-Los contribuyentes que percibiesen exclusivamente rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta por encima de 1.600 euros anuales.
-Los contribuyentes que percibiesen exclusivamente rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas por encima de 1.000 euros.
-Los contribuyentes que perciban exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales por encima de 1.000 euros o que tengan pérdidas patrimoniales por encima de 500 euros.