La carga de la prueba recaerá sobre el autónomo, será él quien tenga que demostrar al Fisco que ese gasto realmente está relacionado con su actividad y, por ello, es deducible en concepto de representación o atención a clientes.
Ante cualquier inspección, se deberá demostrar que la persona invitada, o a la que se le ha enviado un regalo, es alguien que, colabora en su actividad o un futuro cliente, con el que quieren iniciar un negocio, aunque luego no se acabe llevando a cabo.
A partir de ahora, para acreditar el encuentro será suficiente con la presentación de:
– Un email en el que se comunica al cliente que va a enviarle un detalle o invitarle a un convite
– Un mensaje o WhatsApp
– Que el nombre de ese cliente aparezca en la lista de habituales del negocio
Lo recomendable, es junto a la factura de gasto, vaya cosido la acreditación que colabora en la actividad o es un futuro cliente, además del justificante de aviso por correo electrónico o WhatsApp.