- Realizar aportaciones a planes de pensiones o planes de previsión asegurados. También pueden realizarse aportaciones al plan de pensiones del cónyuge. La desgravación varía en función de los ingresos del contribuyente.
- Aumentar la inversión en el pago del préstamo de la vivienda habitual, siempre que se adquiriera antes del 1 de enero de 2013.
- Las cuotas sindicales, de partidos políticos, colegios profesionales, ONG o fundaciones disfrutan de deducciones o minoraciones.
- Los contribuyentes que inviertan en la suscripción de acciones en empresas de nueva creación.
- Los mayores de 65 años están exentos de tributar las ganancias obtenidas al vender su vivienda habitual, así como al desprenderse de cualquier bien o derecho.
- Los propietarios de inmuebles alquilados pueden aprovechar los últimos días del año para realizar inversiones que después se podrán deducir.
- La tributación de las ganancias obtenidas por la venta de una vivienda quedan neutralizadas si se reinvierten en otra vivienda que sea la residencia habitual.
- Las ganancias patrimoniales pueden compensarse con pérdidas del mismo ejercicio o de otros anteriores si están pendientes.
- Los rendimientos de los planes de ahorro a largo plazo están exentos de tributación.
- Los contribuyentes que mantengan contratos de arrendamiento anteriores a 2015.