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La ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal que el Gobierno tiene previsto aprobar antes de finalizar el año introducirán una nueva obligación de suministro de información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales, de la cual van a ser responsables aquellos que proporcionen servicios en nombre de terceros para salvaguardar las claves criptográficas privadas que habilitan a la tenencia y utilización de tales monedas, incluyéndose igualmente los proveedores de servicios de cambio de criptomonedas si también prestan este servicio de tenencia.

Asimismo, los antes mencionados estarán igualmente obligados a suministrar información acerca de las operaciones sobre monedas virtuales (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan. Esta misma obligación se extiende a quienes realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales.

En la ley se incluye también, como novedad, la obligación de declarar en el Modelo 720, Declaración de Bienes y Derechos situados en el extranjero, las monedas virtuales situadas en el extranjero y se establecen las sanciones.

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