Los creadores de contenido en Internet también tienen que darse de alta como autónomos y, por lo tanto, cotizar a la Seguridad Social.
Su actividad es la de crear contenidos y difundirlos por Internet. Jugar a videojuegos online o charlar en directo por la red.
Aquellos profesionales de esta rama que vendan o compren a clientes o proveedores situados en cualquier otro país de la Unión Europea, deberán darse de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), donde se les asignará un número NIF-IVA para poder comerciar bajo las normas del IVA intracomunitario.
Los creadores de contenido profesionales pueden recibir ingresos de diversas fuentes. Entre ellas están las suscripciones o las donaciones de los usuarios de las plataformas donde se desarrolla la actividad. Los ingresos provienen también de la propia actividad que realizan -ya sea jugar a videojuegos o dar charlas en directo-, por lo que se declaran como ingresos de la actividad económica a efectos de IVA y de IRPF.